Re-reelección feudal vs Republicanismo liberal

Por D. Luzuriaga

En días recientes, ha quedado en evidencia la ambición de nuestros alcaldes y gobernadores por perpetuarse en sus lucrativos tronos. Como es sabido, una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación frenó las candidaturas de mandatarios provinciales que buscaban eternizarse en la función, haciéndose reelegir una vez más en sus cargos y desconociendo para ello los claros límites que la Constitución de sus respectivas provincias -en este caso Tucumán y San Juan- les imponen.

Con energías que debiera volcar hacia otras prioridades (reducir la inflación, elevar la calidad educativa, combatir la delincuencia, disminuir el gasto público), el Presidente menguante optó por un deshonroso papel de ariete contra el Poder Judicial, para infringir todavía una vez más el Art. 110 de la Constitución Argentina: En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”.

Acaso por darles la razón a diputados de su propio bloque que han caracterizado a Alberto Fernández con apodos como  “ocupa”, o “mequetrefe”, al que cabe agregar ahora “pato rengo” (y criollo para más datos), el Presidente, presunto profesional del Derecho, se saltó a la torera los principios más elementales de división de poderes, los cuales dan sustento y sentido a la democracia republicana desde aquellos lejanos tiempos de la Ilustración y Montesquieu, cuando pese a no contarse aún con suministro eléctrico -gracias CFK por instruirnos-  ya habían quedado expuestos a la luz natural las maniobras que déspotas de todo pelaje usan desde antiguo para aferrarse al poder por el resto de sus días.

Cabe recordar que la Constitución Nacional de 1853 -y la mayoría de las Cartas provinciales- impedían cualquier intento de reelección consecutiva. Sin embargo, esa juiciosa exclusión del “caballo del comisario” afuera de la siguiente contienda política, en salvaguarda del poder ciudadano y por sobre la hegemonía de cualquier caudillo de turno, se vería borroneada más de una vez;  con la Reforma constitucional de 1949 y tras la posterior de 1994, todo por  acomodar los deseos del circunstancial Presidente de entonces – no casualmente ambos de signo justicialista-, en su ansia de ejercer un poder omnímodo y sin límites temporales de mandato.

Desafortunadamente, por falta de discernimiento cívico, casi invariablemente un electorado ingenuo y susceptible a la demagogia convalidó dichas maniobras en referéndums que habilitaron reelecciones sucesivas en la Presidencia de nuestra República- y similares también en Buenos Aires y muchas otras provincias, las cuales sería fatigoso enumerar. Inclusive con casos de reelecciones ilimitadas en provincias tan significativas en la actualidad como Santa Cruz y Formosa.

La liturgia peronista confiere al líder de turno atribuciones casi divinas, pues su dedo es el que fulmina a uno o unge a otra, según su caprichosa voluntad. Y fue gracias a tal método que hemos llegado a gozar de estadistas de la talla de Isabelita Perón o del actual Alberto, al comando de nuestra Nación. Si será sabio el capo peronista de turno que -desde las primarias obligatorias que ellos mismos impusieron a los demás partidos en 2009- jamás dirimió el justicialismo candidatura presidencial alguna mediante las PASO, sino que se han salteado su propio engendro en clásico estilo verticalista. Eso no priva a encumbrados peronistas de manifestarse dolidos e indignados por estos últimos días ya que la pérfida Corte Suprema “no ha dejado elegir al pueblo” en San Juan y Tucumán, al tiempo que importantes referentes del bloque oficialista y el  mismísimo superministro Massita proponen llevar una vez más a un único candidato presidencial, sin ofrecer a su abnegada militancia la posibilidad de elegirlo ellos mismos en una interna, pese a la Ley impulsada por el difunto Néstor, ingratamente olvidado en su bóveda. Consejos vendo y para mí no tengo.

Aunque no vaya a suponerse que los repetidos toqueteos y manoseos a las reglas electorales sean exclusivos de los peronistas. Pueden citarse casos entre la actual oposición donde quienes se proclaman respetuosos de las instituciones y jactan de respetar tanto reglas de juego como principios republicanos de periodicidad en la función pública también han incurrido en parecidas prácticas, si bien nunca con la frecuencia, vehemencia y prepotencia de los peronistas.

No es ocioso señalar que en pagos chicos como San Isidro la rancia dinastía radical de los Posse pronto cumplirá 40 años ejerciendo la intendencia. ¿Y qué decir de la práctica tan extendida de presentar candidatos que no son oriundos del distrito que aspiran a representar, o que ni siquiera residen ahí? En este asunto, los votantes bonaerenses la sabemos lunga, con sucesivos gobernadores porteños ocupando el sillón de Dardo Rocha, llámese un Scioli aterrizado desde el corazón del Abasto, o  la chica de Flores M. E. Vidal, o el chiquito de Parque Chas, nuestro capitalino y anticapitalista gobernador A. Kicillof. Entre los candidatos que con gran convicción combatirán al populismo peronista en la provincia de Buenos Aires en 2023, aguardan señal de largada el palermitano y (ex) peronista D. Santilli, codo a codo con el (ex) peronista C. Ritondo, oriundo de Mataderos.

Con pergaminos así, ¿de qué autoridad se valen dichos candidatos para erigirse en referentes republicanos? ¿No eran republicanos todavía cuando secundaron la reforma constitucional hecha a medida y beneficio de C. S. Menem?

En cuanto a la actualidad institucional de Escobar, nuestro feudo, el licencioso intendente A. Sujarchuk demuestra una rara capacidad para acumular bienes raíces- ya en 2019 superaba la decena y -a un ritmo de una nueva propiedad por año- cabe presumir que andará ahora cerca de la quincena de inmuebles. También es notable la versatilidad de Sujarchuk para acumular cargos disímiles que abarcan desde el rubro fluvial al educativo, mientras no se desatornilla del Municipio y ya se postula a la re-re.

Versatilidad que caracteriza a otros funcionarios de su mismo espacio, como el antes reelecto ex gobernador Sergio Urribarri cuyas dotes para la diplomacia -fue embajador en Israel- no le salvaron de ver confirmada su condena a 8 (ocho) años de prisión en segunda instancia, por darles suculentos contratos de publicidad oficial a agencias que resultaron ser de su propiedad. Teniendo en cuenta que el intendente Sujarchuk también tuvo la inocente ocurrencia de contratar espacios oficiales de publicidad en la publicación “Catalejo”, de su consultora Choice, cabe preguntarse si Ariel acaso HACE lo mismo que llevará a su cumpa Urribarri tras los barrotes, de no surtir efecto una postrera apelación.

Con su resolución de estas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha lanzado una seria advertencia a todos nuestros aprendices de sátrapas. La obsesión reeleccionista degrada a la Democracia y es incompatible con la esencia de gobierno republicana y liberal que nuestra Constitución Nacional consagra.