¿Genocidio arbóreo en ciernes?

La nota publicada en la edición impresa de este periódico bajo el acápite “El tiempo cambia, el cuidado crece”, plantea dudas sobre la precisión de los dichos del mandamás de la UGC 3, Marcos Tiburzi, referidos a la aplicación de la Ordenanza 265/1965 en nuestro barrio (El Cazador).

Es principio conocido en derecho que toda norma debe ser interpretada a fin de desentrañar cuál fue el espíritu del legislador. De ahí la importancia de analizarla a la luz de los antecedentes que le dan sustento y de los debates legislativos (en la especie de los ediles) que culminan con su sanción.

La nota de marras nos enfrenta a una norma del año 1965, promulgada cuando El Cazador era un campo en los prolegómenos de un proceso de urbanización que llevó a que fuera declarado barrio residencial recién el 21/03/1966 mediante la Ordenanza Nº 315, resultando evidente que al redactar la norma cuestionada no se evaluó ni se consideró el impacto ambiental que provocarían en nuestro barrio las acciones a las que con tanta liviandad se refiere Tiburzi.

Por otro lado, su postura demuestra un absoluto desconocimiento de la importancia de las especies arbóreas en barrios parque y su influencia en las faunas autóctonas. Ignora por completo el impacto ambiental que provocarán las talas que la municipalidad realice de manera antojadiza en predios privados ya que, en barrios parque, los árboles cumplen un rol fundamental en la creación de un ecosistema saludable y equilibrado, impactando directamente en la fauna nativa.

En tal sentido, vale recordar que los árboles regulan la temperatura, la humedad y la calidad del aire creando microclimas más frescos y húmedos, vitales para la supervivencia de muchas especies animales, especialmente durante el verano; protegen a una variedad de animales del sol, la lluvia y los depredadores; permiten la movilidad y el intercambio genético entre las poblaciones de animales; sus flores, frutos y semillas son una fuente de alimento crucial para muchas aves, murciélagos, reptiles e insectos; proporcionan sitios seguros para la reproducción, siendo las cavidades y ramas esenciales para la construcción de nidos y madrigueras; aumentan la diversidad de aves, reptiles, anfibios e insectos; ayudan a las especies a través de los microclimas y la protección que ofrecen a ser más resilientes ante el cambio climático y otros eventos ambientales; ayudan a través de las aves insectívoras que los habitan a controlar las poblaciones de insectos que pueden ser considerados plagas; absorben CO2 y liberan oxígeno purificando el aire mitigando la contaminación; crean con su sombra un microclima más fresco, especialmente durante el verano; reducen el ruido ambiental proveniente de diversas actividades humanas al actuar su follaje como barrera acústica; invitan a la gente a realizar actividades al aire libre ayudando a mejorar la salud ya que el contacto con la naturaleza tiene un efecto positivo en el bienestar mental reduciendo el estrés y la ansiedad.

Por razones como estas, hace poco más de una década el Barrio Parque Leloir fue declarado Área Ecológicamente Protegida, hallándose estrictamente regulada la tala de árboles.

La amenaza vertida por el susodicho de aplicar multas a los propietarios de heredades si un árbol en su propiedad causare daños a la propiedad pública o privada, sin mencionar la norma que da sustento a dicha sanción, cuando el tema se encuentra profusamente tratado en una ley nacional que se reputa conocida desde el momento de su publicación como lo es el Código Civil y Comercial, que establece las responsabilidades del propietario por los daños y perjuicios producidos por la cosa, resulta un acto de patoterismo que, con fines recaudatorios,  se suma a los que ya nos tiene acostumbrados la actual gestión municipal.

Y más indignante resulta aún esta temeraria afirmación cuando ha sido precisamente la negligencia municipal en el cuidado de la arboleda pública la que ha cobrado vidas. Recordemos que en El Cazador, una mujer falleció por la caída de una rama; una ciclista perdió la vida en Avda. de Los Lagos por la misma causa; un vehículo fue dañado en el estacionamiento de la UG 3 por la caída de un árbol;  otro árbol destruyó la pérgola de un local gastronómico a la entrada del barrio mientras que, en Garín, una joven murió producto de la caída de un poste, también por negligencia municipal.

Lamentablemente, una vez más las palabras de Tiburzi suenan a burla para las familias que han sufrido pérdidas irreparables. Sería bueno pues que, como decía mi abuela Emilia, «en lugar de buscar la paja en el ojo ajeno, empezara por ver la viga en el ojo propio» y se preocupara más por el mantenimiento del arbolado público dejando que del arbolado privado se ocupen en el ámbito privado y, si la municipalidad tiene algún reclamo que formular por haber sufrido algún daño, que lo haga por la vía judicial como corresponde y no buscando sacar un rédito económico a través de multas y destrucción de añosos árboles de propiedad privada que, a diferencia de los pertenecientes al municipio, no se han cobrado ninguna vida.

Dr. Marcelo Luis Soto