Alertan sobre amenazas al Paraná por la licitación de la hidrovía

La Asociación Ambientalista de Escobar volvió a manifestar su preocupación por la situación del río Paraná y los ecosistemas de humedales asociados, al advertir sobre las amenazas que, según sostiene, representan las obras contempladas en una nueva licitación que considera irregular. La entidad definió al río y a sus humedales como «fuentes de agua y vida para millones de personas». A través de un informe de la Agencia de Noticias Tierra Viva, se analiza el avance del proceso de concesión de la denominada «hidrovía», principal vía navegable utilizada para la exportación de materias primas de la Argentina, aunque se destaca que se trata, ante todo, de «un espacio de vida para millones de personas». El documento también señala que dos corporaciones belgas disputan el control de la concesión y cuestiona el proceso al sostener que se estarían vulnerando derechos y normativas nacionales e internacionales. Asimismo, denuncia una presunta connivencia entre sectores del Poder Judicial, la dirigencia política y grupos empresarios.

Informe completo

El río Paraná es un “curso de agua esencial” para garantizar el desarrollo de la vida y el equilibrio de los ecosistemas en nuestro país y en América Latina. Protagonista de innumerables canciones y poemas, no sólo se destaca por su relevancia ecológica, sino también por su función social y económica.

Junto al río Paraguay conforma la Vía Navegable Troncal conocida popularmente como Hidrovía Paraná-Paraguay, un sistema navegable de más de 3.000 kilómetros que conecta los puertos de Argentina, Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay. En el caso argentino, gran parte de la producción agroindustrial, y de la megaminería, destinada a la exportación circula a través de esta vía, lo que la convierte en un elemento estratégico para la consolidación del comercio exterior nacional.

Actualmente la integridad del río se encuentra amenazada por una nueva y escandalosa licitación pública impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional que está orientada a habilitar, entre otras cosas, obras de dragado, ampliación y mantenimiento de puertos y terminales por parte de empresas extranjeras sin la debida adecuación al marco jurídico vigente para realizar este tipo de actividades en suelo nacional. 

Frente a este avasallamiento, en el año 2025 diferentes organizaciones de la sociedad civil en conjunto con personas que actuaron por derecho propio, interpusimos una acción de amparo ambiental colectivo con la finalidad de que la justicia ordene suspender precautoria y preventivamente la ejecución del Decreto 709/24 hasta que se realice la correspondiente evaluación de impacto ambiental estratégica y acumulativa sobre la cuenca del río Paraná con la debida instancia de Participación Ciudadana.

Mientras que se resolvía el amparo, se solicitó una medida cautelar para evitar que se produzca un daño ambiental irreparable e irreversible. Sin embargo, ésta fue rechazada por la justicia mediante argumentos insuficientes y muy preocupantes, desconociendo, entre otros, el principio de prevención. En la sentencia se sostuvo, por ejemplo, que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y se otorgó una preeminencia al interés exportador que sólo es legítimo cuando se desarrolla en respeto y protección del ambiente fluvial, algo que en este caso no sucede.

A más de un año de la lucha en la justicia, al día de la fecha estamos atravesando un momento clave: mientras avanza la licitación y dos firmas belgas encienden los motores de su maquinaria de destrucción y muerte frente a una inminente adjudicación, las organizaciones demandantes y las comunidades nos encontramos a la espera de una resolución judicial de la acción de amparo que determine si la profundización del dragado a 13,4 metros (o 44 pies), y que va a desgarrar el alma del Paraná y a hipotecar nuestro futuro (y el de las generaciones venideras) se pone en marcha sin cumplimentar los requisitos legales.

Entre las normas que se están vulnerando se encuentran la propia Constitución Nacional, el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (conocido como Acuerdo de Escazú), la Ley General del Ambiente (25.675) y la Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global (27.520).

Sabemos que el sobre dragado generará daño, existen estudios científicos exhaustivos que así lo demuestran. Entonces, ¿qué es lo que debe hacer el Poder Judicial? Cumplir su rol. Actuar. El juez debe ser protagonista del proceso como lo exige la Ley General del Ambiente y tomar las medidas que conduzcan a la prevención de efectos nocivos sobre el ecosistema del río Paraná.

El contexto en el que se desarrolla este conflicto es sumamente complejo y preocupante. Asistimos a un proceso sistemático de debilitamiento de la soberanía ambiental y democrática en el que se pretende restringir la capacidad de la sociedad argentina para decidir qué producir y de qué manera hacerlo, mientras organizaciones, colectivos, asambleas y afectados “defendemos con todas nuestras fuerzas aquellos límites ecológicos y sociales que no estamos dispuestos a sacrificar”.

Esta licitación pone en juego décadas de decisiones sobre el río Paraná, su integridad y la de millones de vidas humanas y no humanas que de él dependen. ¿Están los magistrados y gobernantes a la altura de tamaña decisión? Lamentablemente, muchas de sus acciones parecen indicar lo contrario. Por ello, “la participación y el involucramiento ciudadano se vuelven imprescindibles. Si no, llegará el día en que las generaciones futuras nos pregunten, con todo derecho, ¿por qué no lucharon por defendernos?”

Fuente: TIERRA VIVA – Agencia de Noticias