Tiburzi asegura que la calle Libertad fue construida por la Municipalidad

Un artículo publicado recientemente en Periódico El Cazador, titulado «¿Quién pagó la calle Libertad?», incluía  declaraciones del concejal Diego Castagnaro ofrecidas al final de una sesión del Concejo Deliberante, vinculadas con la construcción de la calle Libertad: «Hubo un contrapunto con el concejal Tiburzi donde él arroga que la intendencia construyó la calle Libertad y lo cierto es que la calle Libertad que une la ruta 25 con la Panamericana la pagaron los vecinos de San Matías, El Cantón, Puertos, Náutico Escobar y El Naudir, aportando un valor aproximado a los mil millones de pesos. Me parece que no se pueden arrogar lo que pusieron los vecinos y la presidencia no me lo dejó aclarar», señaló entonces el edil de Juntos.

En ejercicio de su derecho a réplica, el concejal Tiburzi envió una nota a este medio en la que niega enfáticamente que este acceso estratégico haya sido financiado por los vecinos de los emprendimientos urbanísticos mencionados anteriormente.

A continuación se presenta la nota completa:

A raíz de las declaraciones vertidas por el Concejal Diego Castagnaro en algunos medios, respecto a la “pavimentación de la calle Libertad”, es necesario llevar a cabo una serie de aclaraciones, para que la ciudadanía esté bien informada.

Los desarrollos urbanísticos, al crear o ampliar núcleos urbanos, están obligados a ceder gratuitamente al Estado las superficies destinadas a espacios circulatorios para la localización de equipamiento comunitario de uso público. (artículo 56º del Decreto Ley 8.912/77)

En ese orden de ideas, los Barrios Cerrados/emprendimientos urbanísticos, deben cumplimentar lo establecido en este artículo en lo referido a la cesión de Espacios Verdes y Libres Públicos y Reservas para Equipamiento Comunitario,  que se calculará de acuerdo a la tabla contenida en el artículo mencionado, donde el Municipio determine.

En esa misma línea, los desarrollos urbanísticos, proponen al Municipio realizar obras en concepto de pago a cuenta de la recompra de las hectáreas a ceder.

A su vez, en el marco de la Ley 14.449, esta norma faculta la participación municipal en la valorización inmobiliaria, toda vez que se generen beneficios extraordinarios como causa de decisiones administrativas al interesado, en este caso los desarrollos urbanísticos.

Por lo anteriormente expuesto, dichos emprendimientos, acordaron oportunamente con el Municipio el aporte de fondos para el mejoramiento y asfaltado de las calles San Onofre, Libertad y Falucho, a través del Consorcio de gestión y desarrollo (Ley 13.580).

Es a partir del Convenio celebrado entre los desarrolladores y el Municipio, que se ha convenido la realización de las obras detalladas, el pago a cuenta por la recompra de superficie, el pago de la Contribución al Desarrollo Urbanístico, entre otros.

Aún así, de las tasaciones practicadas en relación al valor de la tierra y el costo de la obra a ejecutar, surgió una diferencia a favor del Municipio y que debieran pagar los desarrolladores mediante la ejecución de obras a convenir con éste.

Por su parte, estos desarrolladores, para poner a norma a los emprendimientos, deben dar cumplimiento al artículo 51 de la Ley 14.449, en el marco de la Resolución 4093/20.

Es en ese contexto que, para dar cumplimiento a esa norma y la obra de “Mejoramiento y Pavimento de las calles San Onofre, Libertad y Falucho del Partido de Escobar”, en mayo y junio del 2021, se celebraron Convenios de Cooperación y Financiación para su ejecución.

Los desarrollos urbanísticos, en general, son fideicomisos al costo, cuya finalidad es la de completar determinadas infraestructuras, la venta de los predios y, previa regularización de diferentes requisitos ante la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, otorgar escritura a los beneficiarios de esos fideicomisos, que son quienes compran esos lotes en los desarrollos.

Entre los requisitos que deben cumplir, está la Ley 14.449, de Acceso Justo al Hábitat y Vivienda, que como mencionara anteriormente, obliga a esos fideicomisos o desarrollos a realizar determinadas cesiones a los municipios para realizar mejoras urbanísticas o de accesibilidad [en términos generales]

La calle Libertad fue el resultado del cumplimiento a esa Ley.

Si bien es probable que los aportes los terminan haciendo los vecinos, eso sucede porque se trata de fideicomisos al costo, es decir, que los desarrolladores una vez que ceden esa parte del lote que compran los vecinos, trasladan a los mismos todos los gastos que tienen que ver con cumplir con la finalidad del desarrollo.

Cabe aclarar, asimismo, que los mega emprendimientos urbanísticos ya se habían comprometido a ejecutar esta obra en 2016, pero comenzó a materializarse en plena pandemia y tras la firma de este nuevo convenio, convalidado por unanimidad en el Concejo Deliberante, a partir de intensas y arduas negociaciones llevadas adelante por nuestro Intendente Ariel Sujarchuk.

En sus dichos, el Cjal. Castagnaro omite brindar toda la información que, en su calidad de Concejal, debería conocer y que quizás en su afán de desacreditar a la actual gestión pasa por alto, haciéndose transportar por su disentimiento.

Concejal Marcos Tiburzi